¡Se acaba el plazo! Todas las empresas de más de 50 trabajadores deberán contar con un Plan de Igualdad a partir del 7 de marzo, según el RD 6/2019, para no incurrir en graves sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
A continuación, vamos a exponer las preguntas más frecuentes:
¿Qué son los Planes de igualdad?
Los Planes de Igualdad son conjunto ordenado de medidas a adoptar, después de realizar un diagnóstico de la situación, tendentes a conseguir en la empresa igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres.
Un Plan de Igualdad debe fijar los objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar, así como sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
La implantación de estos planes no debe ser entendido por el empresario/a como una obligación legal, sino que confiere una diferenciación competitiva respecto a otras empresas.
¿Cuál es el contenido de los Planes de Igualdad?
Según artículo 46.2 de la2 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se elaborará un diagnóstico por la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, negociado , en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias:
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Formación.
- Promoción profesional.
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- Infrarrepresentación femenina.
- Retribuciones.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
¡ATENCIÓN!
Todas las empresas (sea cual sea su número de empleados / sector de actividad) están obligadas a elaborar un registro retributivo.
Adicionalmente, en las empresas obligadas a tener Plan de Igualdad, es obligatoria la auditoría retributiva.
¿Por qué un Plan de Igualdad?
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, incorporó cambios muy significativos:
- La modificación del artículo 45.2 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en materia de planes de igualdad, estableciendo la obligatoriedad de que todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras elaboraran y aplicaran un plan de igualdad, siendo voluntario su elaboración en caso de menos de 50 trabajadores.
- Se añadió una disposición transitoria décimo segunda a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, dando un plazo de 3 años a las empresas de 50 a 100 trabajadoras para la aprobación del plan de igualdad, siendo el 7 de marzo de 2022 el último día del plazo.
¿Para qué un Plan de Igualdad?
- Impulsa el desarrollo empresarial con mayor eficacia y competitividad
- Potencia la imagen de la empresa y la credibilidad de su organización
- Mejora el clima laboral, produce mayor motivación en el trabajo y una menor rotación del personal
- Disminuye el absentismo laboral y mejorar la retención y atracción de talento
- Incrementa la productividad y el trabajo por objetivos
- Facilita el acceso a subvenciones y licitaciones
¿Cuáles son las consecuencias de no tener un plan de igualdad cuando es obligatorio para mi empresa?
Según el artículo 13 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus facultades de investigación, están facultados para requerir al/a empresario/a que aporte documentación así como su comparecencia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pertinente.
Se puede incurrir en infracción grave (artículo 7.13 Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social-LISOS-) o muy grave ( artículo 8.17 de la LISOS) con sanciones que desde el 1 de octubre de 2021, según modificación dada al artículo 40 de la LISOS, por la Ley 10/2021 de trabajo a distancia al artículo, son las siguientes:
- La infracción GRAVE, con multa de 751 euros hasta 7.500 euros.
- La infracción MUY GRAVE, con multa de 7.501 euros hasta 225.018 euros.
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Laura David, consultora de Equipo Humano.